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Articulo 53 Régimen local de C. Valenciana

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Artículo 53. Concepto y división comarcal.

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1. Las comarcas son circunscripciones administrativas de la Generalitat y entidades locales determinadas por la agrupación de municipios para la prestación de servicios y gestión de asuntos comunes. Las políticas de la Generalitat tendrán en consideración el carácter de realidad histórica y cultural de las comarcas de la Comunitat Valenciana.

2. De conformidad con lo dispuesto en el Estatut d'Autonomia de la Comunitat Valenciana, corresponde a Les Corts, mediante ley aprobada por mayoría de dos tercios, la determinación de la división comarcal, en el marco de la legislación del Estado y después de ser consultadas las entidades afectadas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-06-2010 en vigor desde 14-07-2010