Articulo 53 Presupuestos 2021 La Mancha
Articulo 53 Presupuestos 2021 La Mancha

Articulo 53 Presupuestos 2021 La Mancha

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 53. Normas específicas de gestión del personal docente.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. El Consejo de Gobierno autorizará, a propuesta de la consejería competente en materia de educación y previo informe de la dirección general competente en materia de presupuestos, el número global de cupos de efectivos de cuerpos docentes no universitarios para cada curso. Dicha autorización deberá realizarse respetando las limitaciones previstas en los artículos 50 y 51.1.

2. La determinación del número máximo de contrataciones de otro profesorado en centros docentes públicos, así como la designación de asesores técnicos docentes, requerirá el informe previo y favorable de la dirección general competente en materia de presupuestos.

3. El titular de la consejería competente en materia de hacienda determinará la documentación, procedimiento, plazos y cualquier otro aspecto que sea susceptible de desarrollo en orden a la emisión de los informes previstos en los apartados 1 y 2.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2020 en vigor desde 01-01-2021