Articulo 53 Plan de Orden...el Litoral

Articulo 53 Plan de Ordenación del Litoral

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Artículo 53. Protección intermareal.

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1. Se consideran permitidos los usos relacionados en el artículo 46, apartado 1B1, 1C, 1F, 1J, 3A, 3B y 3D.

2. Se consideran compatibles los usos relacionados en el artículo 46, apartados 1A1, 2E2, 2F, 2L1, 2M, 2Ñ, 2O, 2Q, 2R y 3C.

3. Se consideran incompatibles los usos relacionados en el artículo 46, apartados 1A2, 1B2, 1D, 1E, 1G, 1H, 1I, 2A1, 2A2, 2A3, 2B, 2C, 2D, 2E1, 2G1a, 2G1b, 2G2, 2G3, 2H, 2I, 2J1, 2J2, 2K, 2L2, 2N y 2P.