Articulo 53 Normas comune...idad Aérea

Articulo 53 Normas comunes en el ámbito de la aviación civil y creación de una Agencia Europea para la Seguridad Aérea

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Artículo 53. Actos de ejecución para la formación, las pruebas, la verificación y la evaluación médica

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1. Para garantizar la aplicación y el cumplimiento uniformes de los requisitos esenciales contemplados en el artículo 48 para las personas y organizaciones que intervengan en la formación, las pruebas, la verificación o la evaluación médica de los controladores de tránsito aéreo, la Comisión, basándose en los principios establecidos en el artículo 4 y con el fin de lograr los objetivos establecidos en el artículo 1, adoptará actos de ejecución que establezcan disposiciones detalladas en relación con lo siguiente:

a)

las normas y los procedimientos para la expedición, el mantenimiento, la modificación, la limitación, la suspensión o la revocación de las aprobaciones y certificados a que se refieren los artículos 51 y 52;

b)

las facultades y obligaciones de los titulares de las aprobaciones y certificados a que se refieren los artículos 51 y 52.

Dichos actos de ejecución se adoptarán de conformidad con el procedimiento de examen a que se refiere el artículo 127, apartado 3.

2. Cuando adopte dichos actos de ejecución, la Comisión garantizará la conformidad con los requisitos esenciales previstos en el artículo 48 del presente Reglamento y tendrá debidamente en cuenta las normas y prácticas recomendadas internacionales, en particular las establecidas en el anexo 1 del Convenio de Chicago.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-08-2018 en vigor desde 11-09-2018