Articulo 53 Medidas ante el reto demográfico y territorial
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»Artículo 53. Recursos para la discapacidad.
Vigente
La Junta de Extremadura elaborará y mantendrá actualizado y difundirá el Mapa de Recursos disponibles para la atención a las personas con discapacidad en Extremadura, con especial incidencia en el medio rural.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 21-03-2022 en vigor desde 22-03-2022