Articulo 53 Impulso Demográfico

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Artículo 53.-Fomento del retorno y atención a los emigrantes.

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Para el fomento del retorno y la atención a los emigrantes, la Administración del Principado de Asturias:

a) Impulsará el Plan Retorna Asturias para ofrecer un acompañamiento integral a los asturianos y sus descendientes que hayan retornado o tengan proyecto de retorno a la comunidad autónoma. Para ello, se creará una Oficina del Retorno, en la que ofrecer asesoramiento social, laboral, económico y administrativo, que efectuará una labor de seguimiento de la persona que retorna y de su familia, a fin de facilitar su inclusión social y laboral, con particular atención a las situaciones de especial vulnerabilidad. Este plan recogerá asimismo medidas específicas para la juventud, que garanticen a estas personas poder regresar a su tierra de origen con el fin de desarrollar las capacidades y los conocimientos adquiridos.

b) Impulsará la participación y el arraigo de las personas asturianas residentes en el exterior en la vida social y cultural de Asturias a través de los programas vinculados a la identidad e historia de la comunidad autónoma, así como los intercambios en el ámbito educativo o económico que se promuevan.

c) Colaborará con los centros asturianos en el exterior para realizar campañas de promoción, divulgación y facilitación del retorno de asturianos en el extranjero.

d) Habilitará una plataforma integrada de información tanto presencial como online/multicanal para el asesoramiento de las personas que quieran retornar.

e) Establecerá un plan de ayudas a la vuelta que faciliten el traslado y asentamiento de los asturianos retornados.