Articulo 53 Cine de Cataluña

Articulo 53 Cine de Cataluña

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 53. Ejecución de las sanciones

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La ejecución de las resoluciones sancionadoras que pongan fin a la vía administrativa corresponde al departamento competente en materia de cultura.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 16-07-2010 en vigor desde 16-07-2010