Articulo 52 Suelo de Madrid
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 52. Documentación.
Vigente
El Plan Especial se formalizará en los documentos adecuados a sus fines concretos, incluyendo, cuando proceda, Catálogo de bienes y espacios protegidos e informe de los organismos afectados.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-07-2001 en vigor desde 27-08-2001