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Articulo 52 Servicios sociales de Cataluña

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Artículo 52. Estructura del Consejo General de Servicios Sociales.

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1. El Consejo General de Servicios Sociales se estructura en los siguientes órganos:

  1. El Pleno.

  2. Las comisiones funcionales.

  3. Las comisiones sectoriales.

2. El Pleno trata de las materias estratégicas más importantes para el sistema de servicios sociales, especialmente de las que están relacionadas con la planificación.

3. Las comisiones funcionales siguen, de una forma permanente, el desarrollo de la gestión y programación de los servicios sociales.

4. Las comisiones sectoriales tratan, de una forma especializada, de la planificación, programación y ordenación de sectores concretos de los servicios sociales.

5. El número y las funciones de las comisiones deben determinarse por reglamento. Asimismo, el reglamento debe regular la relación entre el Pleno y las comisiones. También pueden crearse comisiones temporales para deliberar sobre proyectos concretos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-10-2007 en vigor desde 01-01-2008