Articulo 52 Residuos y su Fiscalidad
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»Artículo 52. Tramitación estandarizada.
Vigente
Los trámites regulados en este título se realizarán mediante documentos estandarizados para todo el territorio de la Comunidad Foral de Navarra. El formato de los documentos se adecuará a los estándares consensuados con las comunidades autónomas y el ministerio competente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 22-06-2018 en vigor desde 23-06-2018