Articulo 52 (Regula la Viña y del Vino)

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Artículo 52. Vertebración del sector.

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1. La consejería promoverá la constitución, en el sector vitivinícola de Castilla-La Mancha, de una organización interprofesional de carácter regional que pueda ser reconocida de conformidad con la normativa existente en la materia.

2. La consejería en sus líneas de actuación, para una mayor vertebración dentro del sector vitivinícola, promoverá los siguientes objetivos:

a) Fomentar el asociacionismo dentro de la cadena de producción como herramienta para mejorar las estructuras agroalimentarias, aumentar su dimensión, su poder de negociación, disminuir costes y mejorar la comercialización, con la finalidad de aumentar su competitividad basándose en incrementos del valor añadido de sus productos.

b) Impulsar el relevo generacional favoreciendo la incorporación de jóvenes en todas las fases del proceso productivo, fomentando su formación como parte de ese proceso.

c) Fomentar la incorporación de las mujeres en todos los eslabones de la cadena de producción, normalizando su presencia, y promoviendo la igualdad de oportunidades, priorizando las políticas de género hasta que la igualdad de hombres y mujeres se haya hecho efectiva.

3. Los objetivos descritos en el punto anterior, siempre que la normativa lo permita, deberán establecerse como criterios preferenciales en las disposiciones de ayudas y subvenciones que se otorguen al sector vitivinícola.