Articulo 52 Reglamento de festejos taurinos tradicionales -bous al carrer-
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»Artículo 52. Delimitación del ruedo
Vigente
El ruedo podrá delimitarse por la construcción de barrera, callejón y burladeros o, en su caso, por barrotes verticales y callejón, pudiendo disponer en este supuesto de burladeros.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 10-03-2015 en vigor desde 11-03-2015