Articulo 52 Procedimiento...nicaciones

Articulo 52 Procedimientos de contratacion en los sectores del agua, energia, transportes y telecomunicaciones

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 52. Principio de colaboración con la Comisión Europea.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Cuando, a petición de la Comisión Europea, se tramite un procedimiento relativo a posibles incidencias advertidas en la adjudicación de un contrato, como consecuencia de la aplicación de lo dispuesto en esta Ley, las entidades contratantes aportarán la información que les fuera requerida para remitir a la Comisión Europea la respuesta que proceda.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-1998 en vigor desde 01-01-1999