Articulo 52 Ordenación Fa... de C León

Articulo 52 Ordenación Farmacéutica de C. León

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Artículo 52. Disposiciones generales.

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De conformidad con lo dispuesto en la Ley 25/1990, de 20 de diciembre, del Medicamento, la distribución de medicamentos y productos sanitarios desde los laboratorios fabricantes y los importadores a las oficinas de farmacia y servicios de farmacia legalmente autorizados, podrá realizarse a través de los almacenes mayoristas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-12-2001 en vigor desde 15-01-2002