Articulo 52 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización 2004 de la Generalitat
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»Artículo 52.
Vigente
Se incluye una nueva disposición transitoria cuarta en la Ley 2/1992, de 26 de marzo, de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunidad Valenciana, dándole la siguiente redacción:
«La presente Ley será de aplicación a las infracciones tributarias cometidas con anterioridad a su entrada en vigor, cuando todavía no hubiera recaído sanción o ésta no fuera firme, siempre que, en cualquiera de ambos casos, resulta más favorable para el presunto infractor.»
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-12-2004 en vigor desde 01-01-2005