Articulo 52 Medidas Fisca...eneralitat

Articulo 52 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización 2001 de la Generalitat

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 52.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Las normas jurídicas actualmente vigentes que contengan importes o cifras exactas, estableciendo sanciones, tributos fijos en su cuantía, o en general, cantidades fijadas en cifras que no dependan de un porcentaje, se adaptarán automáticamente a la nueva moneda, aplicando la normativa contenida en la Ley 46/98, de 17 de diciembre, de Introducción del Euro, de acuerdo con el tipo de conversión existente en aquel momento, y en su caso, por aplicación de la norma de redondeo igualmente prevista en dicha norma.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2001 en vigor desde 01-01-2002