Articulo 52 Medidas fiscales, financieras y administrativas e impuesto sobre estancias en establecimientos turísticos
Artículo 52. Modificación del título XXVI del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.
Se añade un capítulo, el III, al título XXVI del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, con el siguiente texto:
Capítulo III. Tasa por la tramitación de los expedientes de solicitud de autorización de trabajo de menores de dieciséis años en espectáculos públicos
Artículo 26.3-1. Hecho imponible
Constituye el hecho imponible de la tasa la tramitación de los expedientes de solicitud de autorización de trabajo de menores de dieciséis años en espectáculos públicos.
Artículo 26.3-2. Sujeto pasivo
Son sujetos pasivos de la tasa las empresas que solicitan la tramitación de los expedientes a los que se refiere el artículo 26.3.1.
Artículo 26.3-3. Acreditación
La tasa se acredita en el momento de la realización del hecho imponible, pero puede exigirse la justificación del ingreso en el momento de la presentación de la solicitud.
Artículo 26.3-4. Cuota
La cuota para la tramitación de los expedientes de solicitud de autorización es de 150 euros por expediente.
- Texto Original. Publicado el 23-03-2012 en vigor desde 24-03-2012