Articulo 52 Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 52. Concepto de la aportación.
Vigente
La contribución de Navarra al Estado consistirá en una aportación anual, como participación de la Comunidad Foral en la financiación de las cargas generales del Estado.
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 25/2003, de 15 de julio, por la que se aprueba la modificación del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra.
(BOE de 16-07-2003) en vigor desde 17-07-2003