Articulo 52 Caza de C. León -Derogada-
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»Artículo 52. Investigación, experimentación y divulgación.
Vigente
La Consejería dedicará los medios personales y materiales necesarios para efectuar las labores de investigación, experimentación, fomento y divulgación en materia de caza.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 22-07-1996 en vigor desde 30-08-1996