Artículo 52 bis Derecho d...a machista

Artículo 52 bis. Gastos de sepelio, traslado o repatriación.

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Artículo 52 bis. Gastos de sepelio, traslado o repatriación.

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El departamento competente en materia de igualdad y feminismos debe garantizar, poniendo los medios adecuados, que las familias perjudicadas por la muerte de una mujer en una situación de violencia machista puedan hacer frente a los gastos de sepelio, traslado o repatriación del cuerpo de la mujer a su país de origen.

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