Articulo 52 2023 PGE

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Artículo 52. Garantías de Renfe-Operadora EPE.

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y las sociedades de su grupo empresarial.

Se autoriza a Renfe-Operadora EPE. y a las sociedades en las que participe directa y mayoritariamente de su Grupo Empresarial, a la formalización de avales u otro tipo de garantías por cuenta de terceros, incluyendo cartas de patrocinio, a favor de las sociedades mercantiles en cuyo capital participen directa o indirectamente, en relación con las operaciones de crédito que se concierten, con los contratos en el ámbito internacional relacionados con su actividad o con las obligaciones derivadas de concursos de adjudicación en que participen, que junto a las ya concedidas no supongan un riesgo vivo superior al límite de 200.000 miles de euros a 31 de diciembre de 2023.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-12-2022 en vigor desde 01-01-2023