Articulo 51 Transparencia...Valenciana

Articulo 51 Transparencia y Buen Gobierno de C. Valenciana

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Artículo 51. Asistencia jurídica

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1. La asistencia jurídica del Consejo Valenciano de Transparencia, consistente en el asesoramiento jurídico y en la representación y defensa en juicio, corresponde a la Abogacía General de la Generalitat.

2. Cuando haya conflicto de intereses por haber interpuesto recurso contencioso-administrativo contra una resolución del Consejo Valenciano de Transparencia un órgano de la administración de la Generalitat o de su sector público instrumental, el Consejo Valenciano de Transparencia podrá celebrar contratos o convenios para la asistencia jurídica externa.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-04-2022 en vigor desde 12-05-2022