Articulo 51 TR. de la Ley de Tasas y Precios Públicos
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»Artículo 51. Sujeto pasivo.
Vigente
Son sujetos pasivos de esta tasa los titulares de las concesiones y de las autorizaciones administrativas, o, en su caso, quienes se subroguen en el lugar de los anteriores.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-12-2007 en vigor desde 28-12-2007