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Articulo 51 Supervisión prudencial de empresas de servicios de inversión

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Artículo 51. Inclusión de las sociedades de cartera en la supervisión del cumplimiento de la prueba de capital del grupo

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Los Estados miembros velarán por que las sociedades de cartera de inversión y las sociedades financieras mixtas de cartera se incluyan en la supervisión del cumplimiento de la prueba de capital del grupo.

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  • Texto Original. Publicado el 05-12-2019 en vigor desde 25-12-2019