Articulo 51 Servicios sociales de C León

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Artículo 51. Evaluación de calidad.

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1. Los programas a los que se refiere el artículo anterior establecerán los mecanismos para la evaluación y la garantía de cumplimiento de los criterios de calidad señalados.

2. Para la evaluación de la calidad se atenderá a la opinión y al grado de satisfacción manifestados por las personas usuarias sobre los servicios y su funcionamiento o dispensación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 21-12-2010 en vigor desde 21-03-2011