Articulo 51 Sector público instrumental

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Artículo 51. Concepto y régimen general

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1. Son sociedades mercantiles públicas de la comunidad autónoma de las Illes Balears las sociedades mercantiles con participación mayoritaria en el capi tal social, directa o indirecta, de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears o de los entes que integran el sector público instrumental regulados en la presente ley.

2. Las sociedades mercantiles públicas se rigen por el ordenamiento jurí dico privado, excepto en los aspectos a que se refiere esta ley y demás normati va de derecho público que les sea de aplicación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-07-2010 en vigor desde 30-07-2010