Articulo 51 Reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias
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»Artículo 51. Composición.
Vigente
1. El Gobierno de Canarias está compuesto por las personas titulares de la Presidencia y de la Vicepresidencia y por los consejeros o consejeras.
2. La ley regulará las atribuciones y estatuto de sus miembros.
3. Los miembros del Gobierno solo podrán ser detenidos, durante el ejercicio del cargo, en caso de flagrante delito.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 06-11-2018 en vigor desde 06-11-2018