Artículo 51 quinquies Transparencia y buen gobierno
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Artículo 51 quinquies. Ámbito de aplicación

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Artículo 51 quinquies. Ámbito de aplicación

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1. Las previsiones contenidas en este capítulo serán de aplicación:

a) A La Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y a las entidades instrumentales de su sector público.

b) A las entidades que integran la Administración local en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia.

c) A las universidades del Sistema Universitario de Galicia y a las entidades vinculadas o dependientes de ellas.

d) Al Parlamento de Galicia, al Consejo Consultivo, al Valedor del Pueblo, al Consejo de Cuentas, al Consejo Económico y Social, al Consejo Gallego de Relaciones Laborales y al Consejo de la Cultura Gallega.

2. Asimismo, también serán de aplicación a las entidades del sector privado en la medida en que las informaciones o hechos comunicados se circunscriban de modo exclusivo al ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia.

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