Articulo 51 Patrimonio de Navarra
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»Artículo 51. Naturaleza del Inventario General.
Vigente
El Inventario General de bienes y derechos del Patrimonio de la Comunidad Foral de Navarra no tiene la consideración de registro público, constituyendo sus datos información de apoyo para la gestión interna y la definición de políticas de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 4 del artículo 52.
Los datos reflejados en el mismo no surtirán efectos frente a terceros ni podrán ser utilizados para hacer valer derechos frente a la Administración de la Comunidad Foral.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 23-04-2007 en vigor desde 13-05-2007