Articulo 51 Medidas tribu...007 Aragón

Articulo 51 Medidas tributarias 2007 Aragón

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Artículo 51. -Tarifas de la tasa por controles sanitarios respecto de determinadas sustancias y sus residuos en animales vivos y sus productos.

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Tarifa 11. Por los controles sanitarios de determinadas sustancias y la investigación de residuos en los animales vivos destinados al sacrificio y sus carnes, practicados según los métodos de análisis previstos en las reglamentaciones técnicosanitarias sobre la materia, dictadas por el propio Estado, o catalogadas de obligado cumplimiento en virtud de normas emanadas de la Unión Europea, se percibirá una cuota de 1,60 euros por Tm resultante de la operación de sacrificio, de acuerdo conlas reglas por las que se regula la liquidación de cuotas.

Tarifa 12. El importe de dicha tasa a percibir, y que asciende a 1,60 euros por Tm, se podrá cifrar, igualmente, con referencia a los pesos medios a nivel nacional de las canales obtenidos del sacrificio de los animales, de acuerdo con la escalaque se incluye a continuación.

Unidades

Cuota por unidad (euros)

De bovino mayor con 218 o más kg de peso por canal

0,4036

De terneros con menos de 218 kg de peso por canal

0,2850

De porcino comercial y jabalíes de más de 25 kg de peso por canal

0,1186

De lechones y jabalíes de menos de 25 kg de peso por canal

0,0356

De corderos y otros rumiantes de menos de 12 kg de peso por canal

0,0108

De corderos y otros rumiantes de entre 12 y 18 kg de peso por canal

0,0238

De ovino mayor y otros rumiantes con más de 18 kg de peso por canal

0,0356

De cabrito lechal de menos de 12 kg de peso por canal

0,0108

De caprino de entre 12 y 18 kg de peso por canal

0,0238

De caprino mayor, de más de 18 kg de peso por canal

0,0356

De ganado caballar

0,2372

De aves de corral

0,00238

Tarifa 13. Por el control de determinadas sustancias y residuos en productos de la acuicultura, se percibirá una cuota de 0,119 euros por Tm.

Tarifa14. La investigación de sustancias y residuos en la leche y productos lácteos devengará una cuota de 0,0238 euros por cada mil litros de leche cruda utilizada como materia prima.

Tarifa 15. Por el control de determinadas sustancias y residuos en ovoproductos y miel, se percibirá una cuota de 0,0238 euros por Tm.