Articulo 51 General de Hacienda Publica

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Artículo 51. Estructura de los presupuestos.

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La estructura de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma y de sus anexos se determinará, de acuerdo con lo establecido en esta Ley, por la Consejería competente en materia de Hacienda teniendo en cuenta la organización del sector público autonómico, la naturaleza económica de los ingresos y de los gastos y las finalidades y objetivos que se pretenda conseguir.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-04-2007 en vigor desde 28-08-2007