Articulo 51 Coordinación ... seguridad

Articulo 51 Coordinación de procedimientos de adjudicación de determinados contratos en los ámbitos de defensa y seguridad

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Artículo 51. Principios.

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Los licitadores seleccionados deberán actuar con transparencia y dispensar a todos los potenciales subcontratistas un trato igual y no discriminatorio.

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  • Texto Original. Publicado el 20-08-2009 en vigor desde 21-08-2009