Articulo 51 Ciclo integral del agua

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Artículo 51. Período de liquidación.

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El canon de depuración se devengará mensualmente, a partir del momento a que se refiere el artículo 47.2 de la presente Ley. A estos efectos, Aguas de Castilla-La Mancha girará a los sujetos pasivos las correspondientes liquidaciones.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 08-07-2002 en vigor desde 09-07-2002