Articulo 506 Procesal militar

Articulo 506 Procesal militar

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 506.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La ejecución de las sentencias firmes dictadas resolviendo recursos contencioso-disciplinarios corresponderá a la Administración.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-04-1989 en vigor desde 08-05-1989