Articulo 50 Subvenciones de Galicia

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Artículo 50. Concepto de infracción.

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Constituyen infracciones administrativas en materia de subvenciones las acciones y omisiones tipificadas en la presente Ley y serán sancionables incluso a título de simple negligencia.

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  • Texto Original. Publicado el 25-06-2007 en vigor desde 25-09-2007