Articulo 50 Reglamento General de la Ley de Salario Social Básico
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Artículo 50. Circunstancias relevantes para graduar los efectos de la suspensión o la extinción

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Para acordar la duración de la suspensión o la medida de la extinción con arreglo a lo dispuesto en las dos secciones anteriores de este capítulo, se tendrán en cuenta las siguientes circunstancias:

a) La existencia de intencionalidad o reiteración.

b) La naturaleza de los perjuicios causados.

c) La cuantía de la prestación económica indebidamente percibida.

d) La reincidencia.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-04-2011 en vigor desde 28-04-2011