Articulo 50 Recuperación de la memoria democrática
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»Artículo 50. Símbolos en edificios de relevancia patrimonial o histórica.
Vigente
Cuando los símbolos se encuentren en edificios de relevancia patrimonial o histórica, se actuará conforme a la legislación aplicable. Si no es posible la retirada de estos símbolos, se colocará una placa explicativa del motivo.