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Articulo 50 Presupuestos Generales para 2022 de Extremadura

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Artículo 50. Fondo de Cooperación para Mancomunidades Integrales de Municipios.

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El Fondo de Cooperación para Mancomunidades Integrales de Municipios para el ejercicio 2022 tendrá una dotación de 2.590.332 euros.

Las Mancomunidades Integrales destinarán las cantidades que perciban del Fondo de Cooperación para Mancomunidades Integrales a las finalidades previstas en sus presupuestos generales y conforme a la memoria justificativa de las actividades para las que solicitan las ayudas.

La participación de cada Mancomunidad Integral en la distribución del citado Fondo se ajustará a los criterios establecidos mediante Decreto del Presidente, previo informe de la Abogacía General y de la Intervención General.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2021 en vigor desde 01-01-2022