Articulo 50 Medidas para la inclusión social a través del empleo
Artículo 50. Acciones a desarrollar.
La Consejería competente en materia de consumo y voluntariado aprobará una convocatoria de subvenciones para financiar las siguientes acciones.
1. Impulso a la conciencia social y prácticas de consumo responsable.
Con la finalidad de favorecer el consumo responsable y solidario de alimentos, proponiendo cambios de hábitos en las personas consumidoras, así como propiciando el nexo entre éstas y los distintos eslabones de la cadena alimentaria para aprovechar y redistribuir los alimentos, se apoyará a las organizaciones de personas consumidoras y usuarias para la realización de programas de información y educación sobre el consumo responsable de alimentos y para programas de formación sobre comercialización, consumo, retirada y destrucción de alimentos.
2. Apoyo al voluntariado y a las entidades sociales adheridas a la Red de de Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía para la recogida, acopio y distribución de alimentos con fines solidarios.
Con la finalidad de apoyar las acciones que vienen desarrollando las organizaciones no gubernamentales y entidades sin ánimo de lucro para dar respuesta a las necesidades básicas de alimentación de la población andaluza en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo, se apoyará a dichas organizaciones y entidades mediante:
a) La realización de campañas dirigidas a la recogida de alimentos no perecederos por las federaciones y organizaciones de voluntariado.
b) La promoción de economatos sociales o comedores sociales autogestionados en municipios con una población superior a 20.000 habitantes por las federaciones y organizaciones de voluntariado y otras entidades sociales adheridas a la Red.
- Texto Original. Publicado el 13-06-2014 en vigor desde 14-06-2014