Articulo 50 Medidas frente al cambio climático y para la transición hacia un nuevo modelo energético
Artículo 50. Registro del Sistema Andaluz de Compensación de Emisiones.
1. Se crea el Registro del Sistema Andaluz de Compensación de Emisiones, adscrito a la Consejería competente en materia de cambio climático, como instrumento voluntario para la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y para la compensación.
2. El Registro contendrá información relativa a las huellas de carbono, los compromisos de reducción de gases de efecto invernadero, los proyectos de absorción de emisiones y la compensación.
3. La inscripción y la gestión del Registro se realizarán de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y demás normativa aplicable.
4. El Registro será público, sin perjuicio de lo establecido en la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal y de salvaguarda del secreto industrial.
- Modificación realizada (50) por Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía.
(BOJA de 17-12-2021) en vigor desde 18-12-2021 - Artículo modificado por Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía.
(BOJA de 12-03-2020) en vigor desde 13-03-2020