Articulo 50 Medidas Fisca...eneralitat

Articulo 50 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización 1999 de la Generalitat

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Artículo 50.

Vigente

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Se modifica el artículo 29.1, de la Ley 4/1988, de 3 de junio, del Juego de la Comunidad Valenciana, que queda redactado como sigue:

«Las faltas leves prescribirán a los seis meses, las graves a los dos años y las muy graves a los tres años.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-1999 en vigor desde 01-01-2000