Articulo 50 Medidas fisca...de Galicia

Articulo 50 Medidas fiscales y administrativas 2014 de Galicia

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Artículo 50. Procedimiento para la adaptación de los suelos al Plan de ordenación del litoral de Galicia

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El procedimiento para la adaptación de los suelos al Plan de ordenación del litoral de Galicia se ajustará a lo previsto en el artículo 102 del Decreto 20/2011, de 10 de febrero, por el que se aprueba definitivamente el Plan de ordenación del litoral de Galicia.

La emisión del informe sectorial recogido en el punto 4 del citado artículo corresponde al órgano competente en materia de ordenación del territorio.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2014 en vigor desde 01-01-2015