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Articulo 50 Ley derogada de Defensa de la competencia

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Articulo cincuenta.- Supletoriedad de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

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(DEROGADO)

Los procedimientos administrativos en materia de defensa de la competencia se regirán por su normativa específica y, supletoriamente, por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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