Articulo 50 Garantía de l...scapacidad

Articulo 50 Garantía de los Derechos de las Personas con Discapacidad

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 50. Medidas vinculadas a la contratación pública.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Las Administraciones Públicas de Castilla-La Mancha, en el marco de la legislación de contratos del sector público, fomentarán las iniciativas que comporten la generación y el mantenimiento de empleo para las personas con discapacidad.

2. Con el fin de promover la igualdad de oportunidades en el acceso al mercado laboral y la inclusión laboral de las personas con discapacidad, los pliegos de cláusulas administrativas particulares de los contratos de la Administración Autonómica cuyo objeto esté relacionado con el ámbito de la atención a las personas con discapacidad o que les afecten, incluirán, al menos, las siguientes cláusulas:

a) En caso de empate en la valoración final de las proposiciones presentadas por los licitadores, la adjudicación se efectuará a la empresa o entidad que acredite tener en su plantilla, en el momento de presentación de proposiciones, un porcentaje mayor de trabajadores con discapacidad.

b) Condiciones especiales de ejecución que favorezcan la inclusión laboral de las personas con discapacidad.

3. En los supuestos de adquisición de productos y servicios tecnológicos de información y comunicación, los pliegos de cláusulas administrativas particulares incluirán cláusulas que garanticen que los productos o servicios son accesibles también para las personas con discapacidad.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-12-2014 en vigor desde 02-01-2015