Articulo 50 Drogodependencias y otras adicciones
Artículo 50. Contenido del Plan Riojano de Drogodependencias y otras Adicciones.
1. El Plan Riojano de Drogodependencias y otras Adicciones contemplará en su redacción, al menos, los siguientes elementos:
a) Análisis de la problemática y aproximación epidemiológica al consumo de drogas en La Rioja.
b) Objetivos generales y objetivos específicos por áreas de intervención.
c) Criterios básicos de actuación. d) Responsabilidades y funciones de las Administraciones Públicas, entidades privadas e instituciones.
e) Descripción del circuito terapéutico y de los niveles de intervención.
f) Recursos necesarios para alcanzar los objetivos del Plan.
g) Mecanismos de evaluación.
2. El Plan Riojano de Drogodependencias y otras Adicciones deberá precisar de forma cuantitativa, en la medida de las posibilidades técnicas y de la eficiencia, sus objetivos, prioridades y estrategias, de modo que pueda medirse su impacto y evaluar sus resultados.
- Texto Original. Publicado el 23-10-2001 en vigor desde 12-11-2001