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Articulo 50 Drogodependencias y otras adicciones

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Artículo 50. Contenido del Plan Riojano de Drogodependencias y otras Adicciones.

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1. El Plan Riojano de Drogodependencias y otras Adicciones contemplará en su redacción, al menos, los siguientes elementos:

a) Análisis de la problemática y aproximación epidemiológica al consumo de drogas en La Rioja.

b) Objetivos generales y objetivos específicos por áreas de intervención.

c) Criterios básicos de actuación. d) Responsabilidades y funciones de las Administraciones Públicas, entidades privadas e instituciones.

e) Descripción del circuito terapéutico y de los niveles de intervención.

f) Recursos necesarios para alcanzar los objetivos del Plan.

g) Mecanismos de evaluación.

2. El Plan Riojano de Drogodependencias y otras Adicciones deberá precisar de forma cuantitativa, en la medida de las posibilidades técnicas y de la eficiencia, sus objetivos, prioridades y estrategias, de modo que pueda medirse su impacto y evaluar sus resultados.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-10-2001 en vigor desde 12-11-2001