Articulo 50 Directrices de Ordenación Territorial y Medidas Tributarias
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»Artículo 50.
Vigente
El Plan Territorial Parcial de Eivissa y Formentera establecerá los criterios y las actuaciones que deben incorporarse a los instrumentos de planeamiento general de los municipios colindantes con el término municipal de Eivissa, con la finalidad de ordenar los equipamientos, y estudiará el dimensionamiento de la delimitación de las zonas de servicios aeronáuticos, especialmente para que la pista de rodadura del aeropuerto de Eivissa quede habilitada como pista de vuelo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-04-1999 en vigor desde 18-04-1999