Articulo 50 Arancel de de...tribunales

Articulo 50 Arancel de derechos de los procuradores de los tribunales

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Artículo 50. Recurso de queja.

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En los recursos de queja, el procurador percibirá 26 euros.

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  • Texto Original. Publicado el 20-11-2003 en vigor desde 21-11-2003