Articulo 5 Texto Refundido de la Ley 9/1991, Reguladora del Canon de Saneamiento de Aguas
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»Artículo 5. Contribuyente
Vigente
El contribuyente será la persona consumidora del agua. Se considera como tal el titular del contrato de suministro o quien, por cualquier otro medio, adquiera el agua para consumo directo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 07-05-2016 en vigor desde 08-05-2016