Articulo 5 Subvenciones de Cantabria

Articulo 5 Subvenciones de Cantabria

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 5. Régimen jurídico de las subvenciones.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Las subvenciones se regirán, en los términos establecidos en el artículo 3, por la legislación básica del Estado en la materia, por la presente Ley y sus disposiciones de desarrollo, por las restantes normas de derecho administrativo y, supletoriamente, por las normas de Derecho privado.

2. En el ámbito de las entidades locales se estará igualmente a lo establecido en la ordenanza reguladora de la subvención, así como a las bases de ejecución del presupuesto de la entidad.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 01-08-2006 en vigor desde 01-01-2007