Articulo 5 Subvenciones de Cantabria
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»Artículo 5. Régimen jurídico de las subvenciones.
Vigente
1. Las subvenciones se regirán, en los términos establecidos en el artículo 3, por la legislación básica del Estado en la materia, por la presente Ley y sus disposiciones de desarrollo, por las restantes normas de derecho administrativo y, supletoriamente, por las normas de Derecho privado.
2. En el ámbito de las entidades locales se estará igualmente a lo establecido en la ordenanza reguladora de la subvención, así como a las bases de ejecución del presupuesto de la entidad.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 01-08-2006 en vigor desde 01-01-2007