Articulo 5 Saneamiento y ...financiero

Articulo 5 Saneamiento y venta de activos inmobiliarios del sector financiero

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Artículo 5. Enajenación de activos.

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Las sociedades participadas por las entidades de crédito que reciban apoyo financiero al amparo de lo previsto en este real decreto-ley estarán obligadas a enajenar anualmente, al menos, un 5 % de sus activos a un tercero distinto de la entidad de crédito aportante o de cualquier sociedad de su grupo. Los administradores de dichas sociedades deberán tener experiencia acreditada en la gestión de activos inmobiliarios.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 12-05-2012 en vigor desde 31-10-2012